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Datos que se traspasan de Adminis vertical a Adminet alquileres

Qué información se traspasa

Arrendadores (Propietarios y fincas). Datos económicos.

Arrendadores (Propietarios y fincas). Configuración de liquidaciones e impuestos.

Contratos de alquiler (Inquilinos). Para más información, haga clic aquí.

Cobros y pagos del arrendador (no vinculados a recibos).

Cartera de recibos y sus cobros y pagos.

Industriales

Impuestos

Qué información no se traspasa

Administrador

  • Cuentas bancarias del administrador

Propietarios y fincas

  • Campo observaciones del arrendador y sus fincas.

  • Campo observaciones de los departamentos.

Contratos de alquiler (Inquilinos).

  • Las formas de cobro Adminis "cuentas internas" contra propietarios y fincas de vertical se traspasan como Pasan por despacho.

Cobros y pagos del arrendador (no vinculados a recibos).

  • Cobros y pagos liquidados, correspondientes a ejercicios anteriores.

Liquidaciones

  • Liquidaciones guardadas de ejercicios anteriores.

Industriales

  • Plantillas de pago de facturas a industriales. 

  • Facturas pagadas, de ejercicios anteriores.

Impuestos

  • Retenciones de IRPF y registros del modelo 347 de ejercicios anteriores (Vertical – Impuestos).

  • Declaraciones de impuestos presentadas con Adminis u otros programas.

  • IVA retenido a los propietarios en Adminis para devolverlo al generar el modelo 303. Los movimientos de cobros/pagos correspondientes a la retención del IVA de los recibos emitidos sí se están traspasando a Adminet, pero sin ningún dato que los identifique como retenciones correspondientes al IVA del arrendador. Por lo tanto, aunque esté activada la retención del IVA en la ficha del arrendador, Adminet no podrá identificar estas retenciones realizadas desde Adminis y devolverlas al contabilizar el modelo 303.

Si en Adminis se le retiene al arrendador el IVA de los recibos emitidos, al contabilizar el primer modelo 303 en Adminet se deberá contabilizar manualmente la devolución de las retenciones aplicadas desde Adminis. La forma propuesta de hacerlo es mediante movimientos de compensación interna.

Cartera de recibos

  • Recibos cobrados que no tengan cobros pagos pendientes de liquidar y que correspondan a ejercicios anteriores al actual.

Cobros/Pagos

  • Cobros pagos liquidados (vinculados a recibos o no), que correspondan a ejercicios anteriores al actual.

Otros

  • Plantillas de entrada masiva de pagos.

  • Documentos digitalizados.

  • Datos referentes a la aplicación de IBI de adminis. 

  • Toda la información que no se detalle de forma expresa en el apartado Qué información se traspasa.

Acciones a realizar una vez traspasados los arrendadores

  • Activar los arrendadores para que pueda operar con ellas.

  • Si los arrendadores tienen cuenta bancaria propia:

    • Establecer si se se realizar un fichero SEPA por cada  cuenta bancaria o uno único por banco.

    • Establecer el presentador del fichero SEPA en el caso que no sea el mismo arrendador.

    • Revisar los sufijos de las cuentas bancarias.

  • Revisar, en la sección Estructura de liquidación de la ficha de cada arrendador, que la estructura de liquidación sea correcta.

  • Si a final del primer ejercicio se va a desear procesar el modelo 390 de los arrendadores o el modelo 303 del cuarto trimestre, se deberán generar con Adminet los modelos 303 que se hubieran emitido y presentado con otro programa. Además de procesar estos modelos se debe comprobar que el modelo obtenido coincida al 100% con el presentado a la AEAT. Estos modelos 303 simulados, lógicamente no se enviarán a la AEAT, pero son necesarios ya que el modelo 390 recoge la información de todas las declaraciones trimestrales que encuentra.

  • Si a final del primer ejercicio se va a desear procesar el modelo 190 de los arrendadores, se deberán generar con Adminet los modelos 111 que se hubieran emitido y presentado con otro programa. Además de procesar estos modelos se debe comprobar que el modelo obtenido coincida al 100% con el presentado a la AEAT. Estos modelos 111 simulados, lógicamente no se enviarán a la AEAT, pero son necesarios ya que el modelo 190 recoge la información de todas las declaraciones trimestrales que encuentra.

Muy importante

Los arrendadores pueden traspasarse en su totalidad o por grupos, pero recomendamos realizar un traspaso total para evitar duplicidades en la gestión.

Hay que tener en cuenta que el traspaso es definitivo. No existe la posibilidad de repetirlo.

Desde el momento en que se realiza el traspaso de un arrendador ya no se debe trabajar más con él en Adminis Vertical. Sólo se accederá a Adminis para consultar aquellos datos que no hayan sido traspasados hacia Adminet,

Cada arrendador traspasado debe ser verificada dentro del entorno de Adminet y marcarse como operativo. Mientras no se efectúe este paso, el arrendador estará bloqueado y no participará de ninguno de los procesos del módulo de alquileres.

Los arrendadores ya traspasados deben excluirse en Adminis de todos los procesos (emisión de recibos, punteo de extractos…)

Con relación a los impuestos, para poder obtener el modelo 190 y 390 a final de ejercicio, será necesario volver a procesar desde Adminet los modelos de declaración trimestral (modelos 111 y 303) de los trimestres que se hayan emitido con el programa antiguo (Adminis o cualquier otro). Además de procesar estos modelos se debe comprobar que el modelo obtenido coincida al 100% con el presentado a la AEAT.

Recordamos que Adminis quedará operativo para poder consultar la información histórica como liquidaciones, impuestos, incrementos, recibos... etc.

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