Introducción a la emisión y domiciliación de recibos de comunidades
Antes que nada conviene diferenciar entre una emisión de recibos y una domiciliación.
Entendemos por emisión de recibos un conjunto de recibos que se generan de forma conjunta en el mismo proceso. Las formas de cobro de esos recibos pueden ser diversas y dependerán de la forma de cobro asignada a cada uno de los departamentos a los que se les emite recibo.
Una domiciliación de recibos consiste en un grupo de recibos que son enviados conjuntamente al banco, para su cobro, en una presentación.
Si entre los recibos que componen una emisión de recibos los hay que tienen forma de cobro bancario, el proceso de emisión, enlaza automáticamente con el proceso de domiciliación, para generar los ficheros de adeudos SEPA que sean necesarios. De una emisión de recibos se generarán tantas domiciliaciones como sean necesarias. El número de domiciliaciones dependerá de si las comunidades tienen cuenta propia, de si se genera un fichero independiente para cada cuenta bancaria o si se unifican en un sólo fichero los recibos que son de a misma entidad.
Tras finalizar la domiciliación de los recibos, se deja abierta la ficha de la emisión de recibos, para que se puedan emitir los avisos de emisión de recibos. En ese momento, también se pueden enviar notificaciones de norma 57 y obtener una copia impresa de los recibos.
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